Con el objetivo de proteger a niñas, niños y adolescentes frente a prácticas que vulneran gravemente sus derechos humanos, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, junto con el diputado independiente Enrique Correa, presentaron una iniciativa de ley para tipificar y sancionar la cohabitación forzada en el Código Penal del Estado de Querétaro.
Durante la exposición de motivos, se señaló que la cohabitación forzada es una forma de violencia que priva a las infancias de su desarrollo pleno, normaliza relaciones desiguales y atenta contra la dignidad y los derechos humanos, particularmente cuando se obliga a niñas y adolescentes a vivir en relaciones equiparables al matrimonio mediante imposición, amenazas o violencia.
La diputada Leonor Mejía subrayó que ninguna niña, niño o adolescente debe ser obligado a compartir su vida con otra persona en contra de su voluntad, al destacar la responsabilidad del Poder Legislativo de alzar la voz por quienes se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad.
Se recordó que el matrimonio infantil y las uniones tempranas representan una de las expresiones más graves de violencia contra la niñez, al limitar oportunidades educativas, de salud y desarrollo personal, además de vulnerar derechos fundamentales reconocidos en tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano.
Aunque desde 2019 está prohibido el matrimonio antes de los 18 años en el país, organizaciones civiles han advertido que las uniones no registradas continúan ocurriendo. Datos del INEGI señalan que más de 313 mil niñas, niños y adolescentes de entre 12 y 17 años viven en unión temprana, de los cuales el 76 por ciento son niñas, generalmente con parejas que les llevan una diferencia de edad considerable.
La propuesta legislativa contempla adicionar el Capítulo IV denominado “Cohabitación Forzada” al Título Octavo del Código Penal del Estado, mediante la incorporación del artículo 169 Bis, para sancionar a quien obligue, coaccione, induzca o gestione que una persona menor de 18 años, o que no tenga capacidad para comprender o resistir el hecho, viva en una relación equiparable al matrimonio.
Las sanciones previstas van de ocho a quince años de prisión, además de multas y reparación del daño, con agravantes en los casos en que exista relación de parentesco, lo que incrementaría las penas hasta en una tercera parte.
Finalmente, se informó que la iniciativa fue construida con el acompañamiento técnico de la exdiputada federal y activista Eufrosina Cruz Mendoza, quien aportó su experiencia para la adecuada tipificación del delito, fortaleciendo así el marco jurídico para prevenir la violencia y garantizar que niñas, niños y adolescentes puedan vivir libres, seguros y con dignidad.




